El audio me llegó este lunes desde un aeropuerto y con ese tono entre resignado y homicida que solo dan las vacaciones torcidas.
- Guarda la tarjeta de embarque y todos los tickets. Es una respuesta muy de abogada, lo sé. Pero también es la correcta.
El Reglamento (CE) 261/2004 protege, con carácter general, a los pasajeros de los vuelos que salen de un aeropuerto de la Unión Europea. También se aplica a los que llegan desde fuera cuando el vuelo está operado por una compañía europea.
Es la misma norma para Ryanair que para Iberia. No depende de lo que pagaste por el billete ni desaparece porque la compañía haya escondido tus derechos detrás de un formulario particularmente antipático.
Si llegas a tu destino final con tres horas o más de retraso, puedes tener derecho a una compensación de 250 euros en los vuelos de hasta 1.500 kilómetros; 400 euros en los vuelos intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y en los demás de entre 1.500 y 3.500; y 600 euros en los restantes.
En los trayectos entre Canarias y la Península habrá que comprobar la distancia concreta, porque las matemáticas tienen la desagradable costumbre de no adaptarse a nuestras necesidades.
La hora que importa es la de llegada al destino final, no solo la de despegue. Y hablamos de una compensación, no de la devolución del billete: se indemniza el retraso sufrido, no se deshace el viaje como si nunca hubiera ocurrido.
Y mientras esperas, también tienes derechos. Dependiendo de la distancia del vuelo, la obligación de asistencia comienza cuando el retraso previsto en la salida alcanza las dos, tres o cuatro horas. La compañía debe proporcionar comida y bebida suficientes para el tiempo de espera y, si hay que pasar la noche, alojamiento y transporte hasta el hotel.
Que no te den ni agua no es una pequeña incomodidad inevitable de viajar en verano. Es un incumplimiento. Si la compañía no ofrece asistencia y tienes que pagar comida, transporte o alojamiento, conserva los justificantes. Conviene, eso sí, que los gastos sean razonables. El Reglamento protege a los pasajeros, pero difícilmente convertirá cinco horas de retraso en una invitación a cenar marisco.
Además, si el retraso alcanza las cinco horas y el viaje ya no tiene sentido, puedes decidir no volar y solicitar el reembolso del billete. Cuando corresponda, también tendrás derecho a regresar al punto de partida. Ahora bien, si optas por el reembolso y no viajas, no podrás reclamar después la compensación por haber llegado tarde al destino, fundamentalmente porque no habrás llegado.
La mala noticia —siempre hay alguna— es que la compensación económica no procede cuando la compañía demuestra que el retraso se debió a circunstancias extraordinarias que no podían haberse evitado adoptando todas las medidas razonables. Aquí pueden entrar determinadas condiciones meteorológicas graves, el cierre del espacio aéreo o algunos acontecimientos realmente ajenos a la actividad de la aerolínea.
Lo que no basta es responder «problemas operativos» y esperar que nadie haga más preguntas.
Las averías técnicas ordinarias no son automáticamente extraordinarias. Mantener y revisar los aviones forma parte del funcionamiento normal de una compañía aérea. Los aviones no aparecen cada mañana recién estrenados, aunque algunas explicaciones parezcan partir de esa idea.
Para reclamar, primero hay que dirigirse por escrito a la aerolínea, indicando el vuelo, la fecha, el retraso y lo que se solicita. Conviene mencionar expresamente el Reglamento 261/2004 y adjuntar la reserva, la tarjeta de embarque, las comunicaciones recibidas y las facturas de los gastos.
Si la compañía no responde en el plazo de un mes o la respuesta no es satisfactoria, se puede acudir a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea. La reclamación ante AESA es gratuita y no requiere abogado.
Sí, lo estoy diciendo yo, que soy abogada.
Para los incidentes ocurridos desde el 2 de junio de 2023, la decisión de AESA es vinculante para la compañía aérea. Antes de acudir a la Agencia es obligatorio haber reclamado a la aerolínea y conservar el justificante.
Y una última cosa.
Durante bastante tiempo se habló de una reforma europea que podía elevar el umbral de tres horas a cuatro o seis. Sin embargo, el acuerdo alcanzado por el Parlamento Europeo y el Consejo el 15 de junio de 2026 mantiene las tres horas y, en esencia, las compensaciones de 250, 400 y 600 euros.
El acuerdo todavía debe completar su aprobación formal y empezar a aplicarse. Mientras tanto, sigue vigente el régimen actual.
Así que mi amiga guardó la tarjeta de embarque, los mensajes de la compañía y los tickets de lo que tuvo que comprar para los niños.
Ahora tiene que reclamar.
El retraso puede ser inevitable. Que te dejen sin información, sin asistencia y sin pedir lo que te corresponde, no.






