martes, 4 de junio de 2013

El Caballo de Troya en el proceso contencioso-administrativo


Trae causa de: Diligencia de Ordenación del Secretario Judicial en un proceso contencioso-administrativo requiriéndome para que en el plazo de cinco días aclare los términos de mis pretensiones al personarme en este procedimiento como codemandado, recordando que en el actual proceso contencioso-administrativo no existe la figura del coadyuvante. 

Tal requerimiento no tenía sentido, ¿qué interés puede tener uno al personarse como codemandado? La explicación es impedir el acceso al proceso como parte codemandada a quien tiene un interés distinto al de la Administración demandada.

La actual Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) no recoge la figura del coadyuvante, que estaba subordinado a la parte principal, adhiriéndose a su pretensión sin ninguna autonomía. Ahora, sin embargo, cualquier persona con un interés legítimo ha de traerse al proceso como parte principal, autónoma. Y ahí se quedó la Ley: no dijo más. ¿Qué interesados y con qué interés? Porque teniendo la jurisdicción contencioso-administrativa una función revisora de la actuación administrativa no debería entrar en el proceso nadie cuyo interés sea coincidente con el del demandante o se estaría vulnerando esa finalidad: ¿existe una puerta de atrás?


¿Qué puede ser más beneficioso para una parte que encontrar el apoyo en la contraria? El proceso contencioso-administrativo se configura en muchas ocasiones de forma triangular: de un lado el recurrente y del otro la Administración cuyo acto se impugna y un tercero con interés legítimo en mantener la postura de la Administración. Y éste es precisamente el límite: no cualquier tercero con interés legítimo en la causa puede entrar extemporáneamente en el proceso, sino sólo aquel cuyo interés sea coincidente con el de la Administración demandada.

Conclusión: la Jurisprudencia ha cerrado la puerta a quienes abusando de esas zonas grises tan comunes en nuestro ordenamiento intentaban colar como codemandado, cual Caballo de Troya, a un tercero con interés coincidente con el del demandante.

Reeditado: para una información más completa sobre este asunto consultar el post "del coadyuvante del demandante pillado en fraude procesal".

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